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Ciencia y Tecnología

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29 de enero de 2008 - 16:14

El Reglamento de Protección de datos ocasionará a cada pyme un coste adicional mínimo de 3.000 euros

Escrito por: ACN   
Pymes

Más de 50 empresarios y profesionales participaron el lunes 28 de enero en la Jornadas sobre Implantación Práctica de la Ley Orgánica de Protección de Datos en las Pymes, en la que se dieron a conocer las novedades recogidas en el Reglamento de Desarrollo (Real Decreto 1720/2007) aprobado el pasado 19 de enero y cuyo incumplimiento supondría sanciones para las empresas de hasta 600.000 euros.

Así lo pusieron de manifiesto la vicepresidenta de la Delegación de la Cámara de Comercio en La Palma, Alicia Pérez Garnier, y la consejera de Artesanía y Empleo del Cabildo de La Palma, Clara Isabel de Paz Bravo, durante la inauguración del acto con el que ambas instituciones han querido conmemorar el Día Europeo de la Protección de Datos, y que marca, además, el inicio del Plan de Formación gratuita que impartirán este año en La Palma.

El Reglamento, que entrará en vigor a partir del próximo 19 de abril, concreta las obligaciones previstas en la Ley Orgánica de 1999, establece nuevas medidas de seguridad, en particular para los ficheros en papel, y define un plazo para la aplicación de dichas medidas, que varía en función del tipo de fichero, de los datos que contiene y de su nivel de seguridad (básico, medio, alto), oscilando entre los 12 y los 18 meses.

El objetivo principal es cubrir las lagunas que habían surgido en los más de 10 años que llevaba aplicándose la Ley Orgánica, y al mismo tiempo, reforzar la seguridad jurídica entre los sujetos obligados a cumplir esta norma, según explicó la vicepresidente de la Delegación de la Cámara, Alicia Pérez Garnier.

Costes de implantación

La aplicación del Reglamento, con el que básicamente se viene a reforzar las medidas de seguridad impuestas para todos los ficheros, supone un coste adicional para las empresas que, según los primeros cálculos, rondará entre los 3.000 y los 90.000 euros, en función del tipo de empresa.

Entre los nuevos gastos destacan aquellos relacionados con la obligación que, desde abril, tendrán todas las empresas de almacenar y custodiar sus ficheros de papel, lo que conlleva la habilitación de nuevos espacios adecuados que, quizás no tengan, en estos momentos.

Además, las empresas deberán asumir nuevos costes asociados con la obligación de actualizar los datos de carácter personal que manejen, acreditar el cumplimiento y deber de información, y poner a disposición de los usuarios medios gratuitos y sencillos, tales como una línea telefónica o envíos de correo prefranqueados, para poder ejercer sus derechos o revocar el consentimiento que inicialmente otorgó para le manejo de sus datos.

Por el contrario, el Reglamento flexibiliza algunas de las obligaciones de los autónomos, a los que, entre otras cosas, exime de contar con un registro de acceso, siempre y cuando sean ellos los únicos que pueden acceder a los datos de carácter sensible, como son los referidos a la salud, la ideología, afiliación sindical, etc.

Derechos del usuario

Entre los derechos que se concede a los usuarios, destaca el derecho que tienen de oponerse a que su información personal sea usada en el caso de no haber obtenido antes su consentimiento, cuando se quieran usar para fines de publicidad y prospección comercial o cuando del tratamiento de sus datos se derivan decisiones que les afectan directamente. En esta línea, se autoriza a los menores de más de 14 años a que sean ellos los que den el consentimiento para tratar sus datos personales.

Además, el Reglamento especifica los derechos que tienen el usuario de preguntar, en cualquier momento, a la empresa cuáles son los datos personales que maneja y con que finalidad los está usando. En este sentido, el interesado podrá igualmente rectificar la información que no está actualizada o decidir cancelar el permiso que ha concedido para su utilización.

Si una vez denegado el consentimiento, la empresa continua usando los datos, podría incurrir en una sanción grave o muy grave, castigada con una multa que oscila entre los 60.000 y los 600.000 euros, en función de la sensibilidad de los datos que se usen.

Nuevas obligaciones

En cuanto a la empresa, el nuevo Reglamento impone la obligación de acreditar y conservar los archivos en los que se demuestra que el usuario ha sido informado previamente de cual va a ser el uso que se va a hacer de sus datos personales y de sus derechos personales.

Asimismo, establece, por primera vez, el procedimiento que deben seguir las empresas a la hora de actualizar los datos personales que maneje y, determina, entre otras muchas cosas, el marco en el que se deben desarrollar las relaciones entre las empresas y las personas o entidades que accedan o puedan acceder a sus datos personales para prestarle un servicio.


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