Inicio > Economía > Los contribuyentes canarios confirman más de 122.000 borradores de la declaración de la Renta
21 de mayo de 2008 - 14:46

Los contribuyentes canarios ya han confirmado 122.595 borradores del IRPF, un 44,03 por ciento más que en igual periodo del año pasado, cuando en estas mismas fechas se habían recogido 85,118 expedientes. A nivel nacional, la Agencia Tributaria ha realizado más de dos millones de devoluciones del IRPF, un 69% más que en mayo del año pasado, por un importe de 1.451 millones de euros.
En total, los contribuyentes han confirmado hasta el 20 de mayo 2.947.094 borradores del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), lo que representa un incremento del 21,2 por ciento sobre los confirmados en igual periodo del año pasado (2.430.771).
La totalidad de declaraciones del IRPF presentadas en lo que va de campaña de la Renta asciende a 3.868.961 (incluye los borradores confirmados, que suponen más del 75 por ciento, puesto que al confirmarlos la declaración queda presentada).
Eso supone un incremento del 18,9 por ciento en el número de declaraciones presentadas hasta el 20 de mayo. El 40 por ciento de esos casi cuatro millones de declaraciones, 1.567.168, ha sido presentado a través de Internet (se incluyen los borradores confirmados por Internet).
Este incremento en el número de borradores confirmados y declaraciones presentadas ha permitido agilizar las devoluciones del IRPF. La Agencia Tributaria ha abonado ya 2.162.248 devoluciones de Renta –un 69,2 por ciento más que en igual periodo del año pasado- por un importe de 1.451 millones de euros –un 71,4 por ciento más que en 2007-, según datos de las mismas fechas de mayo.
La campaña de Renta concluye el 30 de junio y se prevé recibir 18.525.000 declaraciones. La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ofrece a los contribuyentes que reúnen las condiciones fijadas por la ley del IRPF la posibilidad de recibir un borrador de la declaración de Renta elaborado por la administración tributaria.
Requisitos
Básicamente, pueden recibir el borrador los contribuyentes cuyas rentas procedan exclusivamente de rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, imputación de rentas inmobiliarias siempre que procedan de dos inmuebles como máximo, así como subvenciones para la adquisición de la vivienda habitual.
Asimismo, tener derecho a deducción por adquisición de vivienda o donativos y desgravación por planes de pensiones no impide recibir el borrador. Para quienes no pueden recibir el borrador, la Agencia Tributaria les envía sus datos fiscales.
Una vez recibido el borrador, el contribuyente debe revisar los datos que aparecen en el mismo y, si está de acuerdo, basta que lo confirme para que su declaración del IRPF quede presentada. Si considera que falta algún dato o no está de acuerdo puede rectificar el borrador y luego confirmarlo.
Los servicios de asistencia e información que la Agencia Tributaria presta al contribuyente durante la Campaña de Renta se prestan a través de los siguientes canales: Internet (www.agenciatributaria.es): sin necesidad de certificado de firma electrónica se puede pedir, modificar y confirmar el borrador del IRPF; pedir cita previa, anularla y cambiarla; descargar el programa PADRE; con certificado de firma electrónica se puede presentar telemáticamente la declaración de Renta y pagar si sale a ingresar.
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